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Mtess abre periodo para recibir denuncias por demoras en el pago del aguinaldo

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) informó que, a partir de este viernes, se habilita el periodo oficial para la recepción de denuncias relacionadas con la falta de pago del aguinaldo, también conocido como remuneración anual complementaria. Esta medida responde a las disposiciones establecidas en el artículo 243 del Código del Trabajo, que establece el aguinaldo como un derecho irrenunciable y de carácter obligatorio para todos los empleadores, con un plazo límite de abono hasta el 31 de diciembre de cada año.

De acuerdo con la normativa vigente, una vez vencido este plazo, los trabajadores que no hayan recibido el pago correspondiente tienen la facultad de iniciar un reclamo formal ante las autoridades laborales.

Según la cartera estatal, en años anteriores se han registrado cientos de denuncias similares durante los primeros meses del año, lo que subraya la relevancia de este periodo para resolver disputas salariales pendientes.

¿Dónde hacer la denuncia?

Para facilitar el acceso a los trabajadores, el Ministerio de Trabajo ha dispuesto varios canales de denuncia. Los interesados pueden comunicarse vía WhatsApp al número (0993) 308-100, donde se registra el reclamo de manera inmediata. Alternativamente, se ofrece atención presencial en la sede central ubicada en la intersección de las calles Luis Alberto de Herrera y Paraguarí, en Asunción.

Además, el Mtess cuenta con 14 Direcciones Regionales de Trabajo distribuidas en todos los departamentos del país, asegurando cobertura nacional. En el Departamento de Boquerón se ha implementado una oficina especializada para atender a los Pueblos Originarios. El horario de atención en todas estas sedes es de lunes a viernes, entre las 07:00 y las 15:00.

Como opción digital, además mantiene activa la plataforma de Denuncia Web en su sitio web
oficial www.mtess.gov.py, accesible a través de la sección de Servicios. Esta herramienta permite un proceso ágil y remoto, ideal para quienes prefieren evitar desplazamientos.

Un aspecto clave es que las denuncias pueden presentarse de forma nominal, con identificación del denunciante, o anónima, lo que protege a los trabajadores de posibles represalias por parte de sus empleadores.
El derecho al aguinaldo abarca a todos los trabajadores en relación de dependencia, independientemente del sector o la antigüedad, siempre que hayan laborado durante el año calendario.

¿Cómo calcular el aguinaldo?
El cálculo del monto se realiza sumando los ingresos totales percibidos por el empleado en conceptos como salario base, horas extras, comisiones y otros rubros remunerativos, para luego dividir el resultado por 12. No se incluyen en esta suma elementos como la bonificación familiar, los permisos por maternidad o los reposos médicos remunerados.

Además, el aguinaldo goza de inembargabilidad, lo que significa que no puede ser sujeto a descuentos, retenciones o embargos bajo ninguna circunstancia, garantizando así su integridad como beneficio protector.

Una vez ingresada la denuncia, el Ministerio de Trabajo inicia un procedimiento de mediación entre las partes involucradas, con el fin de resolver el conflicto de manera extrajudicial y asegurar el pago adeudado al trabajador. Si el empleador no comparece o no cumple con las obligaciones, el caso se deriva a la Dirección General de Inspección y Fiscalización del Trabajo, para una investigación más profunda.

Multas al empleador
Las sanciones por incumplimiento pueden oscilar entre 10 y 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado, dependiendo de la gravedad y las circunstancias del caso. Estas multas buscan disuadir prácticas irregulares y fomentar el cumplimiento de la legislación laboral

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