Caso Berilo: Cucho Cabaña y otros acusados se quedaron sin jueces

El juez Penal de Sentencia contra el Crimen Organizado N° 1, Pablino Barreto, que preside el Tribunal sorteado para juzgar el caso del Operativo Berilo, se declaró sin competencia en la cuestión. Dicen que el caso inició antes de que se creara la jurisdicción especializada.
Según explica, en la causa, fueron imputados el 11 de setiembre de 2018, el ya citado Reinaldo Javier Cabaña; Gloria Rosana López Ramírez, Marcelo Ricardo Cabaña; Yisela Noemí Ramírez; Hugo Martín Rïso, Carlos Pinto Apostolasqui; Lucas Uziel Vera Duarte, Rubén Cabaña Santacruz, Yamil Ramón Cabaña; Héctor Pastor Brizuela, Jorge David Brítez Riveros; Jorge De Jesús Ríos González, José Pinto Apostolasqui y Tomás Escobar Pérez.
Además, también fueron imputados el 10 de setiembre del 2018, el ex diputado Ulises Rolando Quintana Maldonado, Diego Miguel Medina Otazú; Celso Ortega, Nelson Barrios, Alcides Villagra; Melchor Cabrera, Wilder Amarilla, Cristian Vázquez, Selva María Chaparro, José Alarcón y Carlos Aguilar.
Otros procesados fueron ese mismo día fueron Naila Fernanda Ramírez Lozano, Natalicia Lucía Lombo Vergara, Nencer Alfonso Ramírez y Óscar Adrián Monges. Mientras que el 12 de setiembre del 2018 el Tribunal recibió la imputación del fiscal Ysaac Ferreira, y se inició el procedimiento respecto a los imputados, Flora Lidia Ayala y el ex fiscal Gustavo Yegros.
Finalmente, el 28 de setiembre de 2018, también fueron imputados Juan José Alonso Meza, Víctor Manuel López Acuña, Richard Antonio Sebriano Silvero y Carlos Rubén Britos. Ya el 30 de mayo del 2019, fue imputado por la fiscala Lorena Ledesma Sixto Ramón Arias.
Con ello, dicen los jueces que por ley 6379 del año 2019, se creó el fuero especializado de Crimen Orgtanizado, por lo que recién ahí quedó determinada la competencia. Cita también las acordadas que establecen un límite temporal posterior al 21 de octubre del 2020.
De esta manera, dice que la causa del Operativo Berilo ingresó en el 2018, por lo que no puede quedar comprendida en el límite temporal por lo que si es juzgada por el Tribunal Especializado, supondría extender retrospectivamente el régimen.
Sostiene que el criterio resulta directamente aplicable al caso pues establece como presupuesto temporal para la atribución de competencia especializada la fecha de ingreso de la causa al sistema penal. En el presente caso, su ingreso se produjo en el año 2018, ¿es decir con anterioridad al límite temporal establecido por la Corte, por lo que la causa se encuentra excluida del ámbito temporal de aplicación del régimen especializado.
Con estos argumentos, finalmente se declara incompetente para juzgar la causa, y dispone que sea remitido a un Tribunal de Sentencia penal ordinario.
En el caso, serán juzgados el presunto líder narco Reinaldo Javier “Cucho” Cabaña, el ex diputado Ulises Quintana y otros 7 acusados por supuestos hechos relacionados con el narcotráfico.
El magistrado remitió nuevamente el expediente a la dirección de coordinación de juicios orales y públicos, a fin de que se sortee cuál será el Tribunal de Sentencia ordinario que juzgará a los acusados



