Nacionales

Salario mínimo: Nuevo sumario abreviado para casos de infracción

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) dispondrá desde esta semana de un nuevo procedimiento “especial” abreviado que establece un máximo 30 días para que las empresas que incumplen con el pago del reajuste del 5% del salario mínimo legal (SML), cuyo nuevo monto es de G. 3.044.000 y rige desde el 1 de julio, regularicen los desembolso a los trabajadores.

Una vez denunciada la infracción, la empresa tiene un plazo máximo de 30 días para regularizar el desembolso total al trabajador, explicó este miércoles Alejandra Garcete, directora de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, en declaraciones a radio Monumental 1080 AM. El procedimiento permitirá agilizar la regularización del pago salarial con el monto adecuado.

“El Código de Trabajo establece un plazo máximo para que esto sea regularizado por parte de la patronal. Entonces, en un plazo máximo de 30 días, eso tiene que estar regularizándose y se establece el nuevo procedimiento, que sería un procedimiento especial y sumamente sumario (breve)”, dijo.

Los procedimientos con las fiscalizaciones a las empresas en otros casos llevan su correspondiente tiempo, pero por las infracciones de los salarios mínimos será breve y también la empresa dispondrá del derecho a la defensa.

“Obviamente, se va a cumplir con el derecho a la defensa, de las partes y demás para la presentación documental, todo eso, pero en un plazo máximo de 30 días hábiles se tiene que estar cerrando todo este procedimiento ante la falta de pago de reajuste del salario mínimo”, reiteró.

El Ministerio de Trabajo dispone de varios mecanismos para la recepción de las denuncias: de manera presencial en la sede central, en las sedes regionales, de manera anónima a través del canal de WhatsApp que está habilitado para mensajes de texto al (0993) 308-100 o a través de la página web.

Los incumplimientos podrían registrarse a partir de mañana en el caso de los asalariados mensuales, pero antes ya pusieron registrarse con los que cobran por día, por semana o los jornaleros, señaló Garcete. Aunque el Ministerio de Trabajo aún no recibió denuncias por incumplimiento.

El incumplimiento del pago del salario mínimo legal reajustado constituye una infracción a la legislación laboral y puede ser sancionado con multas de hasta 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado, informó el Ministerio de Trabajo.

Los trabajadores que no perciban el salario que les corresponde desde el 1 de julio, según la categoría, pueden realizar la denuncia al Ministerio de Trabajo.

Nuevos montos
El Ministerio de Trabajo reglamentó que la jornada diurna para actividades diversas no especificadas deberá ser remunerada con un salario mínimo mensual de G. 3.044.000. A este monto se le debe descontar el 9% del aporte al Instituto de Previsión Social (IPS), que es de G. 273.960, por lo que el monto neto es G. 2.770.040.

El salario por día del trabajador a jornal se establece en G. 117.077; en cambio, el salario por día del trabajador mensualizado en G. 101.467, mientras que el salario por hora del trabajador mensualizado es de G. 12.683. Con relación al empleo a tiempo parcial por hora diurna el jornal es de G. 14.637.

En el caso de la jornada nocturna, se contempla un adicional del 30%, según el Código Laboral, por lo que el salario mínimo aumentó a G. 3.957.200.

Con el aumento, el jornal nocturno se fijó en G. 152.200, el salario por día en G. 131.907 y por hora en G. 18.844; todos en la categoría del horario nocturno. El monto por hora nocturna para los trabajadores contratados a tiempo parcial es de G. 21.743.

También se dispone de los nuevos montos para las profesiones escalafonadas del sector privado en todo el territorio nacional, como el sector de seguridad, cocina y gastronomía y otros rubros

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba