Muerte de pasajero de Bolt: cambian carátula a homicidio culposo y se reduce posible pena

La causa judicial contra el conductor Cristian Narváez dio un giro este lunes luego de que la jueza Diana Carvallo resolviera modificar la calificación del hecho punible, que pasó de homicidio doloso a homicidio culposo, en el marco del proceso por la muerte de un pasajero de la plataforma Bolt ocurrida en Asunción.
La decisión fue adoptada a pedido de la defensa del imputado y con el consentimiento del Ministerio Público. Con este cambio, la expectativa de pena se reduce de manera considerable: mientras el homicidio doloso prevé hasta 20 años de prisión, el homicidio culposo establece una sanción máxima de 5 años.
Según el análisis de la magistrada, la conducta atribuida a Narváez se ajusta de manera provisoria a una figura culposa, ya que el fallecimiento habría sido consecuencia de una situación de imprudencia durante un conflicto físico, sin elementos que permitan sostener que existió intención o aceptación del resultado fatal.
En su resolución, la jueza sostuvo que la discusión entre las partes derivó en una agresión sin uso de armas, y que la muerte habría ocurrido como consecuencia de una caída, lo que no permite mantener, en esta etapa procesal, la calificación de homicidio doloso.
No obstante, se mantiene la imputación por omisión de auxilio. El acusado continúa con prisión preventiva, aunque con la nueva calificación podrá solicitar una revisión de las medidas cautelares.
El hecho investigado ocurrió el 1 de mayo en el barrio Mburucuyá de Asunción, tras un presunto desacuerdo por el pago de un servicio de transporte. De acuerdo con la imputación presentada por la fiscal Hermenegilda Cubilla, el conflicto se habría originado cuando la víctima entregó un billete de G. 100.000 y el conductor supuestamente se negó a devolver el cambio correspondiente.
La víctima falleció a causa de un traumatismo de cráneo severo, producto del impacto contra el empedrado, según el informe del médico forense Pablo Lemir



