Promulgan decreto que incorpora a contratados públicos al régimen de pensiones

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto N.° 5929/2026, mediante el cual se establece la reglamentación del régimen de seguridad social para los empleados públicos contratados de los Organismos y Entidades del Estado (OEE), quienes pasarán a incorporarse de manera obligatoria al Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Público.
La disposición determina que estos trabajadores deberán comenzar a realizar aportes al sistema administrado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en cumplimiento de la normativa vigente de la Función Pública y del Servicio Civil. La implementación está prevista para el segundo semestre del presente ejercicio fiscal.
Como parte del proceso previo, los empleados contratados deberán gestionar ante la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) la baja o suspensión de su inscripción en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a través del Sistema Marangatu, considerando que dejarán de emitir facturas como prestadores de servicios para pasar a ser cotizantes directos de la Caja Fiscal.
El decreto establece además un esquema de aplicación progresiva para los distintos organismos del Estado, ya que los contratados dependientes del Poder Ejecutivo comenzarán a aportar este año, mientras que el resto de las instituciones públicas se incorporarán de manera gradual, con plazo máximo hasta el 1 de enero de 2028.
La reglamentación incorpora también un criterio de continuidad en la antigüedad laboral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley N.° 7445/2025. En ese sentido, se establece que en caso de que un contratado pase a ser funcionario permanente mediante concurso o acceda a un cargo electivo, mantendrá la continuidad de sus aportes, computándose su antigüedad desde el primer registro como empleado público aportante.
En cuanto a la administración del sistema, los Organismos y Entidades del Estado serán responsables de realizar las retenciones correspondientes sobre las remuneraciones imponibles. Para ello, cada contrato registrado en el Sistema Nacional de Recursos Humanos (SINARH) deberá contar obligatoriamente con el código de cotizante.
Quedan excluidos de esta disposición los contratados por productos específicos, consultorías y servicios profesionales independientes sin relación de dependencia con el Estado, quienes seguirán sujetos a las normas tributarias y administrativas vigentes.
El Ministerio de Economía y Finanzas tendrá a su cargo la reglamentación de los procedimientos técnicos y contables necesarios para la aplicación de la norma. Asimismo, se prevén ajustes en el Sistema Integrado de Administración de Recursos del Estado (SIARE), con el objetivo de garantizar la correcta transición operativa y el flujo adecuado de los aportes previsionales



