Aprueban penas de hasta 15 años para cómplices de fugas carcelarias

La Cámara de Diputados concedió media sanción al proyecto de ley que propone un endurecimiento significativo de las penas para quienes faciliten o colaboren en la fuga de internos penitenciarios, especialmente, cuando se trate de funcionarios públicos o personal penitenciario.
Se trata del proyecto de ley “Que modifica y amplía el artículo 294 de la Ley 1160/97, Código Penal Paraguayo”, referente a la liberación de presos.
El proyecto establece dos modificaciones principales: por un lado, eleva de tres a cinco años la pena base para quien libere, induzca o apoye la fuga de un interno; mientras que, por otro lado, aumenta la pena para funcionarios públicos o personal penitenciario obligados a evitar evasiones, elevándola de “hasta siete años” (como contempla la ley actual) a un rango de “cinco a quince años” de privación de libertad.
MODIFICACIÓN PROPUESTA
El referido Art. 294, referente a la “Liberación de Presos”, quedó redactado de la siguiente manera:
“El que liberara a un interno, le indujera a la fuga o le apoyara en ella será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años. Será castigada también la tentativa.
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Cuando el autor:
1) Fuera funcionario público o prestare servicio en la institución penitenciaria; y
2) Estuviera especialmente obligado a evitar la evasión, se aplicará una pena privativa de libertad de cinco a quince años”.
Tras la aprobación del proyecto, la presidencia dispuso que el documento sea remitido a la Cámara de Senadores, para su siguiente trámite constitucional.