Tobilleras electrónicas siguen sin ser utilizadas ¿Cuál es la razón?

El director general del Sistema 911, Hernán Escobar, explicó a Monumental 1080 AM, que el Ministerio del Interior es el encargado de adquirir las tobilleras o el servicio de monitoreo, y en este caso, la institución optó por el modelo de pago por servicio.
“El Estado va a pagar por cada tobillera utilizada, no va a pagar por comprar 1.000 tobilleras”, señaló el director del Sistema 911, aclarando que hasta el momento el gobierno paraguayo no ha realizado desembolsos, ya que las modificaciones y mejoras han sido asumidas por la empresa adjudicada en el proceso de licitación.
Para Escobar, los motivos detrás de la demora son de carácter judicial, ya que la orden para la colocación de los dispositivos debe ser a solicitud de parte, es decir, que deben ser los abogados defensores o la defensa pública la que solicite la tobillera para su representado ante el juez, no pudiendo el magistrado ordenar de oficio el uso.
Otro de los impedimentos es la limitación establecida por la Corte Suprema de Justicia en el plan piloto, que fijó su uso solo para un hecho punible, en un solo fuero, que es el de Garantía, y para la capital del país.
Actualmente las tobilleras solo pueden ser utilizadas en casos de violencia intrafamiliar dentro de la jurisdicción de Asunción, razón por la cual representantes de diversas instituciones se reunieron para solicitar una ampliación de la resolución judicial que regula el uso de estos dispositivos.
“Nos reunimos los representantes y elevamos una nota solicitando a la Corte Suprema de Justicia que amplíe su resolución y también le den a todos los delitos tipificados dentro de la Ley 7270, a su vez, otorguen en todos los fueros y den para capital y central”, remarcó Escobar.
Entre tanto, el Sistema 911 sigue esperando la ampliación de la acordada para que las tobilleras puedan ser utilizadas de manera efectiva en distintos casos.
Finalmente, Escobar detalló que el ministro César Diesel ya adelantó que la Corte está trabajando en la ampliación de la normativa. “El ministro, el presidente de la Corte, ayer en la reunión con el presidente también, recalcó que ellos están para ampliar esto”, recalcó.
La ley 7270 establece, en su artículo 3º sobre la aplicabilidad, que el beneficiario cuente con la suficiente solvencia económica para contratar los servicios asociados al uso de los dispositivos electrónicos de control durante el proceso o durante la ejecución de la condena respectiva.
No obstante, para los que reúnan las condiciones para el uso de los dispositivos, pero acrediten insolvencia mediante declaración jurada en presencia de dos testigos, podrán acceder a los mismos con exoneración del pago del canon correspondiente.
Mientras las autoridades siguen sin implementar este tipo de medidas para garantizar las órdenes de alejamiento con respecto a las víctimas y precautelar sus vidas, constantemente se registran denuncias de este tipo que lastimosamente derivan en casos de feminicidios, causando un profundo dolor en las familias y dejando a niños huérfanos