Politica

Parlamentarios ostentan jubilación de oro y “comunes” cobran mínimo

Además de la jugosa remuneración, la jubilación es todo un privilegio. Con 10 años de aporte, un legislador asegura su futuro. Un trabajador debe cumplir 55 años de edad con 30 años de aporte.

El privilegio que gozan los parlamentarios empieza desde la jugosa remuneración que perciben en forma mensual, hasta la posibilidad de que con solo dos periodos, que son 10 años, puedan acceder a una jubilación vip.
En contrapartida, un trabajador “común”, asegurado al Instituto de Previsión Social (IPS), que cobra un salario mínimo mensual, tiene que cumplir 55 años de edad y 30 años de aporte para acogerse al beneficio.

Son 125 los senadores y diputados que en su mayoría reciben en dieta G. 29.606.840 y en gasto de representación G. 3.168.000, que en forma mensual suma un monto de G. 32.774.840.

Esto representa casi 12 veces el salario mínimo mensual vigente, que perciben los trabajadores formales, en general, que es de G. 2.798.309.

Otra de las diferencias que tienen los parlamentarios es la posibilidad de retirar sus aportes en el caso de que estén un solo periodo de cinco años, en un 95%, lo que no ocurre con los asegurados al IPS.

PRIVILEGIADOS. Para acceder a la jubilación, los legisladores deben reunir una edad mínima de 55 años y por lo menos dos años de aporte.

En el caso de la extraordinaria, son 120 meses de aporte, que son justamente dos periodos (10 años), para percibir el 60% del promedio de lo percibido en dieta más gastos de representación en los últimos 60 meses.

En cuanto a la ordinaria, la cantidad de aportes es de 180 meses, que son tres periodos (15 años), para que se pueda percibir el 80%.

Además, para el caso de que fallezcan, entonces aseguran el futuro también de sus viudas y viudos, quienes tienen derecho a percibir el 40% del último haber jubilatorio.

Este último punto tampoco es posible para un trabajador formal, ya que no se incluye dentro del beneficio.

PRECARIZADOS. Un trabajador asegurado al IPS para acceder a la jubilación debe cumplir con varios requisitos.

Con 65 años de edad y 15 años de aporte, tiene el derecho a percibir el 60%; con 55 años de edad y 30 años de aporte, llega al 80%.

Solamente en el caso de que tenga 60 años de edad y 25 años de aporte es que puede cobrar el 100%. Además, se aplica un promedio con cada año de edad a partir de los 55 años sumando un 4% a cada año hasta llegar a los 60.

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